REGLAMENTO CAT. FIAT 147


                    REGLAMENTO TECNICO 2019
                                   Categoría: MONOMARCA FIAT 147
       
CAPITULO 1: INFORMACION GENERAL

Para todos los efectos todo lo que no se encuentre expresamente permitido en el presente reglamento se entenderá como prohibido.
Todo lo señalado en el presente Reglamento y para los efectos de la Revisión Técnica, deberá ser cumplido por los pilotos en condiciones de termino de carrera es decir, en las mismas condiciones en que hayan finalizado su participación en la prueba.

ARTÍCULO 1*: VIGENCIA:  2019.

ARTÍCULO 2*: AUTORIDADES

Ø  INC. 1: Los únicos encargados de aplicar el reglamento y dictaminar los fallos dentro de un evento son los Comisarios Deportivos de la competencia, fallos que deberán ser anunciados por el director de la misma. Los Comisarios Técnicos designados de verificar después de cada competencia la conformidad técnica de los vehículos con el presente reglamento.

Ø  INC. 2: Los integrantes de la Comisión Técnicas así como los revisores técnicos de pista,  tendrán calidad de autoridad y como tal, cualquier ofensa y/o desacato de un  Piloto o mecánico, será causal de sanción al piloto conforme al CDI. (código deportivo internacional).

ARTÍCULO 3*: AUTOMOVILES PERMITIDOS

Ø  INC. 1: Todo automóvil, antes de su primera participación en competencias, deberá ser inspeccionado visualmente por el Revisor Técnico  para su verificación y conformidad al presente reglamento. Lo mismo deberá hacerse luego de toda modificación importante que involucre a elementos y/o daños por causal de accidente, que haya sido realizada con posteridad a su última verificación técnica.


Ø  INC. 2: En caso de no ajustarse el vehículo al presente reglamento, en la inspección visual previa, el responsable de este será notificado que su auto presenta una observación, y según el tipo y carácter de la anomalía en el auto, el Revisor Técnico  determinará si el vehículo puede competir con una autorización especial o es inhabilitado para competir hasta no apegar el auto a reglamento y ser sometido a una nueva inspección visual.

Ø  INC. 3: En caso de que un auto que presente una observación, y sea autorizado especialmente a competir por el Revisor Técnico  será con la obligación de presentar el auto a la fecha siguiente con el problema observado solucionado, de lo contrario el auto no podrá competir.
Ø  INC. 4: El automóvil y todas las partes que lo componen, para poder participar en competencia, deberá utilizar solo elementos originales de fábrica, salvo todas las modificaciones y reemplazos que el presente reglamento estipula que deben utilizarse.

Ø  INC. 5: Para todos los efectos se considerara como base oficial la información del catálogo original FIAT 147.
Ø  INC. 6: Cualquier auto que no se ajuste a los artículos del presente reglamento, y su respectivo piloto, será sancionado conforme a la escala de sanciones.


CAPITULO 2: CARACTERISTICAS GENERALES DEL AUTOMOVIL

ARTÍCULO 4*: AUTOMOVIL

Puede participar todos los vehículos de turismo de gran producción en serie de la marca FIAT 147. Motor, 1050, 1300.cc.
** En Reunión de Pilotos 22/2/17 se autorizó la participación de Auto marca SEAT 127.


ARTÍCULO 5*: CARROCERIA, CHASIS: Debe mantener la distancia entre ejes original del automóvil 2.23 mts. Como asimismo, la ubicación longitudinal original de sus ejes delanteros y trasero con respecto a la carrocería. En la medición de la distancia entre ejes se admitirá una tolerancia de treinta (30) milímetros en mas o en menos de la medida original.

ARTÍCULO 6*: EXTERIOR DE CARROCERIA

Ø  INC.1: Se permite reforzar el sub.-chasis, y la carrocería mediante el adosado de planchas  de acero.
Ø  INC.2: Queda prohibido recortar y/o perforar cualquier parte de la carrocería original con fines de alivianar, tanto en el casco, como en las  2 puertas laterales.

Ø  INC.3: Queda prohibido recortar o doblar cualquier parte exterior de la carrocería con fines de beneficio aerodinámico. (bota de agua).
Ø  INC.4: Exteriormente, la carrocería deberá mantener los elementos originales, formas, dimensiones, se permitan quitar los focos delanteros y las luces traseras, y cubrirlos prolijamente siguiendo la forma de la carrocería, como también las huinchas cromadas laterales.
Ø  INC. 5: El parabrisas  será de uso obligatorio en vidrio preferente-templado, no deben estar astillado o trizados ni tener trozos faltantes, prohibido reemplazar parabrisas por el uso de policarbonato u otro material de base plástica. Recordamos que deben instalar el nro. del Auto en el Parabrisas, costado superior derecho del piloto, de un tamaño mínimo de 15 x 15 cms.                                               
Ø  INC.6: Se permite retirar los 4 vidrios laterales, y sus correspondientes gomas y marcos, se permite reemplazar estos por el uso de policarbonato o acrílico, estos No pueden ser polarizados ni ahumados. En caso de no usar Policarbonato se debe usar Fajas de protección en las ventanas. El cual deberá fijarse firmemente a la carrocería y deberá proporcionar buenas condiciones de visibilidad.

Ø  INC. 7: Los números identificatorios del automóvil se deben colocar en las ventanillas traseras y costado superior derecho del Parabrisas con relación a la ubicación  del piloto, de un tamaño mínimo de 15 x 15 cms. deben ser claramente visibles, contrastando con el fondo.
Ø  INC. 8: Se permite mantener, eliminar cambiar el sistema de limpiaparabrisas.

Ø  INC. 9: Todas las puertas deberán ser las originales del fabricante. Las dos puertas delanteras deben poder abrir y cerrar para dar acceso libre al interior. Se deberá agregar a las dos puertas delanteras una correa de sujeción  del tipo utilizado en cinturones de seguridad con hebilla de rápida abertura, con la salvedad de que su largo debe permitir abrir las puertas y cortar la correa en caso de accidente.


Ø  INC. 10: El capo del auto debe contar con 2 seguros exteriores metálicos o de goma, para prevenir su apertura en marcha.

ARTÍCULO 7*: LUZ DE FRENO: Se debe utilizar como mínimo una (1) luz de freno, esta debe estar instalada dentro de la Carrocería a través del vidrio trasero, debe ser visible y de alta intensidad.


ARTÍCULO 8*: INTERIOR DE CARROCERIA

Ø  INC. 1: Se permite recortar interiormente la carrocería solo para fines de instalar instrumentos en el tablero y/o permitir el paso de cañería y cables.

Ø  INC. 2: Se permite retirar todos los revestimientos interiores de puertas laterales, piso, tablero y techo, como alfombras, tevinil, sello y material insonorizados.

Ø  INC. 3: Se permite retirar el mecanismo de alza vidrios en las puertas delanteras.

Ø  INC. 4: Se permite cubrir con láminas de aluminio u otro material el interior de las puertas y los paneles laterales traseros.
Ø  INC. 5: El sistema de calefacción, la bocina, luces y todos sus comandos eléctricos originales se pueden eliminar.
Ø  INC. 6: Todos los asientos originales, deben eliminarse.
Ø  INC. 7: Se permite modificar la palanca de cambios, para facilitar la manipulación al Piloto.

ARTÍCULO 9*: PANEL DE INSTRUMENTOS Y COMANDOS ELECTRICOS:       El panel instrumentos e interruptores es libre tanto en diseño como en tamaño, de preferencia no debe permitir la existencia de aristas cortantes o bordes filosos ya que este tablero o panel deberá estar localizado al alcance del piloto para un fácil accionamiento de los comandos eléctricos.

CAPITULO 3*: SUSPENSIONES

ARTÍCULO 10*: SISTEMA DE SUSPENSION: Libre
                                                          
 ARTÍCULO 11*: TREN TRASERO: El paquete de resortes será libre en cuanto a número de hojas y espesor.

ARTÍCULO 12*: TREN DELANTERO: Se debe mantener la cantidad de 1 espiral por rueda, estos son libres en modelo y marca.

ARTICULIO 13*: DIRECCION

Ø  INC. 1: La caja de dirección deberá ser la original provista por el fabricante, esta debe mantener su lugar y forma original de sujeción.
Ø  INC. 2: Con el fin de bajar y acercar el volante al piloto, la columna de dirección podrá modificarse con articulaciones de cruceta.
Ø  INC. 3: Se permite el volante de dirección desmontable.

ARTÍCULO 14*: SISTEMAS DE FRENOS

Ø  INC. 1: El sistema en su conjunto debe ser el original de fábrica del modelo.
Ø  INC. 2: El sistema debe funcionar en la totalidad de las ruedas.
Ø  INC. 3: Se permite indistintamente mantener o eliminar el sistema de freno de mano.

CAPITULO 4 : SISTEMA DE TRANSMISION

ARTÍCULO 15*: TRANSMISION: Solo se permite la trasmisión original

ARTÍCULO 16*: DISCO DE EMBRAGUE: Libre 

ARTÍCULO 17*: PRENSA DE EMBRAGUE: Libre

ARTÍCULO 18*: CAJA DE VELOCIDADES

Ø  INC. 1: La caja de cambios debe ser original sin Flanches del modelo, 4 marchas hacia delante y 1 de retroceso.
Ø  INC. 2: Se debe respetar las relaciones originales de fábrica de todas las marchas.
Ø  INC. 3: No se permite el uso de piñones rectos, exceptuando la 1º (PRIMERA) marcha original.
Ø  INC. 4: Se permite añadir uno o más soportes o tensores a la caja de cambios.


ARTÍCULO 19*: PIÑON DE ATAQUE Y  CORONA: Se permite única y exclusivamente el uso de piñón de ataque y corona original, con relación 12/53

CAPITULO 5: MOTOR

ARTÍCULO 20*: BLOCK DE MOTOR

Ø  INC. 1 : El block de cilindros deberá ser el original de la carrocería con la que se corra  (FIAT 147-1050-1300)
Ø  INC. 2: Se permite dejar fijo el motor como también la incorporación de uno o más tensores al motor.



ARTÍCULO 21*: CILINDRADA: La cilindrada  no debe ser superior a 1300 cm3.

ARTÍCULO 22*: PISTONES

Ø  INC. 1: No se permite alivianar  los pistones.
Ø  INC. 2: Diámetro máximo permitido de pistón es 77 mm. Tolerancia +0.2 mm motor 1048,8 y 1288cc.
Ø  INC. 3: Los anillos deben ser los correspondientes a los pistones utilizados.

ARTÍCULO 23*: BIELAS

Ø  INC. 1: Deben usarse bielas originales.
Ø  INC. 2: No se permite alivianar  las bielas.                                                            

ARTÍCULO 24*: CIGÜEÑAL: Debe ser el original provisto por el fabricante.

 ARTÍCULO 26*: DISTRIBUCION: Debe ser original de acuerdo al modelo del auto con el que se corra.

ARTÍCULO 27*: EJE DE LEVAS: El eje de levas original modelo sin preparación, las medidas de este deberán ser: ALTO     38,1      ANCHO  29,1



CAPITULO 6: SISTEMA DE LUBRICACION

ARTÍCULO 28*: BOMBA Y FILTRO DE ACEITE

Ø  INC. 1: Se debe utilizar únicamente la bomba de aceite original del modelo.
Ø  INC. 2: El líquido lubricante es libre.
Ø  INC. 3: Se permite  la modificación de la polea del dámper, solo para efectos de adaptar una correa de distinto modelo.

ARTÍCULO 29*: CARTER

Ø  INC. 1: Debe ser el original del modelo.
Ø  INC. 2: Se permite la incorporación de romper olas en el interior de este.


CAPITULO 7: CULATA

ARTÍCULO 30*: CULATA: Original 147 y de Lancia, Libre hasta 1300cc, siempre y cuando no sea de otro modelo ya sea FIORINO, O MOTOR 1500 ETC

ARTÍCULO 31*: BALANCINES

Ø  Solo se permite los originales del modelo. (Motor 850cc)
Ø  Se permite limar o gastar los balancines para dar la medida necesaria de alzada
Ø  Solo se permite el uso de separadores de resorte originales para los balancines.

ARTÍCULO 32 : PIÑON  DE LEVA (Chaveteo)

Se determina solo el uso del PIÑON de Leva el de  8 Orificios.
Se permite CHAVETEAR este.


ARTÍCULO 33*: TORRES: LIBRE
                                                          

ARTÍCULO 34*: ALZADA VALVULAS: Solo se permite los originales del modelo. (Motor 850cc)

ARTÍCULO 35*: VALVULAS

Ø  INC. 1: Deben ser originales de FIAT 147 (7mm diámetro de vástago) su preparación es libre.
Ø  INC. 2: Las medidas de diámetro máximo serán: ADMISION 34 mm. Y ESCAPE  29mm
Ø  INC. 3: Se  permiten las válvulas antimagnéticas.
Ø  INC. 4: No se permiten las válvulas de Sodio o Cromadas.
Ø  INC. 5: Los platillos de válvula no pueden ser de aleación liviana.

ARTÍCULO 36*: RESORTES: Libres.

ARTÍCULO 37*: RELACION DE COMPRENSION: La relación de compresión como máximo debe ser 10:1.

CAPITULO 8: SISTEMA DE  ADMISION Y ESCAPE

ARTÍCULO 38*: MULTIPLE Y TUBO DE ESCAPE: Libre



ARTÍCULO 39*: CARBURADOR

Ø  INC. 1 : El carburador debe ser original de FIAT 147 pudiéndose colocar uno de Peugeot 404
Ø  INC. 2: Se debe utilizar un solo carburador de 1 (una) garganta tipo vertical, cuya garganta debe tener un diámetro no mayor de 34 mm. El cual se medirá en el eje de la lengüeta, en la base de este.
Ø  INC. 3: Se podrá preparar sin cambiar sus dimensiones originales con una tolerancia por desgaste en las medidas de + 0.5 mm.
Ø  INC. 4: El  Ventura debe tener un diámetro no mayor a 28 mm.
Ø  INC. 5: Se permite el uso de cornetín o similar en la entrada de aire del carburador.
Ø  INC. 6: Se permite cambiar todos los chiclees.
Ø  INC. 7: Se permite colocar un filtro de aire de cualquier tipo.
Ø  INC. 7: Se permite el uso de TORRETA.


CAPITULO 9: SISTEMA DE ENFRIAMIENTO

ARTÍCULO 40*: RADIADOR: El radiador es de modelo, marca y material libre.
                                                                   
ARTÍCULO 41*: BOMBA DE AGUA

Ø  INC. 1: Se permite la instalación de electro ventilador.
Ø  INC. 2: La polea de la bomba de agua es libre en su diámetro y modelo.
Ø  INC. 3: El tipo de correas es libre
Ø  INC. 4: El tensor de la correa (as) es libre.
Ø  INC. 5: Se prohíbe el uso de bomba de agua eléctrica.

CAPITULO 10: SISTEMA DE ENCENDIDO

ARTÍCULO 42*: DISTRIBUIDOR

Ø  INC. 1: Se permite el uso del sistema  de encendido eléctrico.
Ø  INC. 2: Se permite el uso de BOBINA LIBRE.

CAPITULO 11: SISTEMA ELECTRICO

ARTÍCULO 43*: CIRCUITO ELECTRICO

Ø  INC. 1: El sistema de cableado de la instalación eléctrica debe ser de cables nuevos, y deben estar canalizados dentro de un espagueti.
Ø  INC. 2: En el puesto de conducción del habitáculo y al alcance del piloto deberá existir una llave de corte general de corriente de batería (deberá cortar el cable de masa de batería).

ARTÍCULO 44*: BATERIA: La batería debe hallarse sólida pero acolchadamente sujeta a la carrocería mediante un perfil o marco con 2 o más tensores apernados, con sus correspondientes tuercas o mariposas. La batería puede posicionarse en el compartimiento delantero original, o en el habitáculo. La batería deberá tener sus bornes protegidos, para evitar cortocircuitos y chispas en caso de contactos con partes metálicas durante eventuales choque o vuelcos y tapones roscados de respiración en sus vasos que no permitan un notable derrame de ácido durante un eventual vuelco del automóvil.




ARTÍCULO 45*: SISTEMA DE ARRANQUE DEL MOTOR

Ø  INC. 1: El motor del automóvil deberá contar obligatoriamente, con un dispositivo automático de puesta en marcha, de funcionamiento eficaz, accionado por el piloto desde su puesto en el habitáculo, dotado de su correspondiente BATERIA, fijada firmemente a la carrocería con perfiles de fierro y apernada.
Ø  INC. 2: Se permite la eliminación del alternador o generador de corriente.

CAPITULO 12: SISTEMA DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE

ARTÍCULO 46*: TANQUE DE COMBUSTIBLE: El estanque de combustible deberá ser instalado firmemente al interior del auto y su tapa de ser atornillada como la del Fiat 600.
El Estanque de Combustible debe contar con un CORTA FUEGO.

ARTÍCULO 47*: BOMBA DE COMBUSTIBLE: LIBRE ya sea bomba mecánica o eléctrica.

ARTÍCULO 48*: CONDUCTOS DE COMBUSTIBLE

Todos los conductos de combustible deberán ser algo flexibles, de cañería de cobre o de tipo confeccionado con goma sintética (NEOPRENE) reforzada con tela (tipo flexible). Se prohíbe el uso de conductos de plástico. Los eventuales  goteos de dichos extremos
No deberán caer sobre conexiones eléctricas, ni sobre tubos de gases de escape, u  otras zonas calientes.

Ø  INC. 1: Los extremos de los conductos de combustible, deberán ser del sistema niples o abrazaderas con tornillo.

ARTÍCULO 49*: COMBUSTIBLE: Solo se permite el uso de Gasolina (bencina) de 93,95, o 97 octanos. Se prohíbe el uso de gasolina alterada de alto octanaje (avión).

CAPITULO 13: EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD
***    Todos los pilotos deben usar para la carrera Casco, Guantes, Buzo de Piloto y cualquier otro elemento como protección personal, todos estos elementos deben estar en excelentes condiciones.

ARTÍCULO 50*: EXTINTOR: Es obligatorio el uso del extintor de incendio, el cual deberá estar ubicado en lugar de fácil acceso por el piloto, y firmemente sujeto a la carrocería, cargado al 100%.

ARTÍCULO 51*: JAULA DE SEGURIDAD ANTIVUELCO

Será obligatoria su instalación debiendo estar construida respetando los elementos tubulares en cantidad, ubicación, diámetro y espesor de pared de tubo que se recomiendan.
Ø  INC. 1: La jaula antivuelco deberá contar mínimamente con un arco de seguridad delantero (poste A), uno principal (poste B), 6 puntos de anclaje fijos a la carrocería, y dos protecciones laterales en las puertas.
Ø  INC. 2: La jaula antivuelco es de libre diseño, cumpliendo su objetivo básico de evitar la deformación de la carrocería en caso de accidente o vuelco.
Ø  INC. 3: La jaula debe contar con un mínimo de 6 apoyos al piso fijados a la carrocería.
Ø  INC. 4: Solo se permitirá la construcción de jaula de seguridad en fierro redondo, el diámetro mínimo de los tubos para la estructura principal de la jaula (arco delantero A, principal B, soportes verticales, y protecciones laterales) es de 1.5” de diámetro x 2,0 mm de espesor.
Ø  INC. 5: Se permite reforzar la jaula con tubos secundarios de menor diámetro o lamina de acero.
Ø  INC. 6: Será obligatoria la instalación de por lo menos un tubo en cada puerta (protección  lateral) que cubra desde la altura media entre el hombro y el codo del piloto, y en diagonal hacia delante que llegue hasta la altura de la bisagra inferior de ambas puertas delanteras, se recomienda acolchar los tubos que queden cercanos al piloto.

Ø  INC. 7: La jaula de seguridad  debe limitarse al espacio del habitáculo del piloto permitiéndose la prolongación de la jaula hacia el frente del auto amarrando el tren delantero como también  el trasero
Ø  INC. 8: Se prohíbe cualquier tipo de estructura exterior como parachoques o similares.

ARTÍCULO 52*: BUTACA            

Ø  INC. 1: La butaca debe ser de una pieza, ya sea de fibra de vidrio, plástico, fierro o aluminio.
Ø  INC. 2: Debe poseer soportes laterales, y soporte para la cabeza.
Ø  INC. 3: Debe estar firme y sólidamente fijada al piso del automóvil, con pernos de 12 mm de diámetro como mínimo.

ARTÍCULO 53*: CINTURONES DE SEGURIDAD

Ø  INC. 1: Serán de uso obligatorio en pruebas y competencias, debiendo ser del tipo arnés, mínimo de 4 puntas, con cierre “de apertura rápida”.
Ø  INC. 2: Los puntos de anclaje mínimo requeridos son 3 (tres), deberán estar firme y sólidamente fijados a la jaula antivuelco o a la carrocería del automóvil mediante pernos de 12 mm de diámetro como mínimo.
Ø  INC. 3: El ancho mínimo para los cinturones es de 5cm.

ARTÍCULO 54*: RED DE SEGURIDAD: Será obligación contar con una malla lateral de protección  en el costado del piloto  esta deberá  estar sujeta de preferencia  a la jaula  opcional es la colocación de acrílico en las puertas o marco de puerta

ARTÍCULO 55*: ESPEJO RETROVISOR: El uso de un espejo retrovisor interior y dos laterales exteriores es obligatorio.

ARTÍCULO 56*: LLANTAS Y NEUMATICOS: Las ruedas se pueden instalar con pernos y también se pueden usar tuercas. NO se permiten neumáticos de RALLY.

DESTAPE MOTOR.

·         Los destape se realizar sin previo aviso, por medio de sorteo.
·         Irán a destape los 3 primeros lugares obligatoriamente.
Los elementos sujetos a revisión se detallan a continuación, la elección de uno o más de estos será por el Director Técnico de la categoría.

1.   Culata (válvula, diámetro y recorrido)
2.   Caja de Cambio Original, sin Flanches.
3.   Distribución (Piñon de 8 orificios)
4.   Carburador.
5.   Leva según medidas
6.   Sin destape.

·         La revisión se hará con personas determinadas por la organización del evento o pertenecientes al club.
·         Todo auto para poder subir de lugar tendrá que ser revisado.


Ø  Se revisarán los códigos de culatas por modelo, estos son:

1.     Fiat 147, motor 1050cc, código culata 127 AB, medida volteo cigüeñal 57,8 mm.

2.     Fiat 147, motor 1300cc, código culata 127 AB2 y 127 A2C, medida volteo cigüeñal 71,5 mm.




“Club de Automovilismo Los Tuercas de Olmue”

Director Técnico

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